domingo, 3 de marzo de 2013

LOS RICOS NO PAGAN

Perdonazo a Johnson’s: Contraloría establece que Julio Pereira actuó con conflicto de interés y diputados piden su renuncia.

El director del Servicio de Impuestos Internos no habría cumplido con las normas de probidad que se les exigen a los funcionarios públicos, debido a que, junto al subdirector jurídico del organismo, Mario Vila, participó directamente en la decisión de otorgar la condonación a la empresa de retail, pese a sus vínculos con la consultora PwC, asesora de Jonhson’s. Vínculos que fueron denunciados en su oportunidad por la Asociación de Fiscalizadores del Servicio de Impuestos Internos, (Afiich).

La Contraloría General de la República determinó que el director del Servicio de Impuestos Internos, Julio Pereira, actuó con un conflicto de interés en el millonario “perdonazo” a la multitienda Johnson’s por 59 mil millones de pesos. Por ello, ordenó la realización de un sumario administrativo al subdirector jurídico Mario Vila y a la Tesorería General de La República.

El dictamen del órgano fiscalizador, fechado 27 de diciembre de 2012, es en respuesta a la presentación de la Asociación de Funcionarios del SII (Afiich), liderados por Carlos Inzunsa, quien acusó a Pereira y a Vila por la condonación de la deuda, ya que ambos estuvieron vinculados laboralmente con la empresa de auditorías PriceWaterhouseCoopers, que asesoró a Johnson’s en materias relacionadas con la operación tributaria.

Por tal motivo, los dirigentes exigieron la renuncia de ambos funcionarios por “el daño que se le ha causado al servicio con mayor prestigio en la administración pública. No puede estar en entredicho la honorabilidad de todos aquellos que formamos parte de Impuestos Internos, por decisiones erróneas de las autoridades”, señaló la Afiich en la instancia.

Luego de esta arremetida, Pereira se excusó señalando que, independientemente que hubiera trabajado en Price Waterhouse asesorando a Johnson’s antes de asumir el cargo, no lo eximía de ejercer su labor como jefe del SII. “No es una decisión que sea posible adoptar respecto de conflictos de interés meramente potenciales”, escribió Vila.

Según The Clinic, a la Contraloría le pareció un razonamiento errado, por cuanto ya había inhabilitado a Pereira de participar en el marco de lo ocurrido con La Polar y las repactaciones unilaterales, debido a que en el caso también está involucrada la empresa PricewaterhouseCoopers.

“En efecto, si en el ejercicio de sus atribuciones, el Director del Servicio de Impuestos Internos tuviere que intervenir en el conocimiento o resolución de algún asunto específico vinculado con las empresas a que se refiere la presentación del rubro, esa autoridad deberá dar cumplimiento al deber de abstención que le imponen las normas aludidas y al estricto respeto del principio de probidad, correspondiendo a esta Contraloría General, mediante el ejercicio de sus facultades de fiscalización, velar por el cabal cumplimiento de tales obligaciones, cuando corresponda”, indica el dictamen de noviembre de 2011.

El director del SII además declaró que fue Mirta Barra quien firmó la condonación (ella encabezaba en 2011 la Dirección de Grandes Contribuyentes, unidad que trabaja de manera independiente) e hizo hincapié en que la decisión fue tomada finalmente por Juan Alberto Rojas, ante la inhabilitación del subdirector jurídico Mario Vila en momentos que el propio director del SII se encontraba fuera del país.

Pereira recalcó también en que para acreditar transparencia, además, se creó un equipo multidisciplinario con expertos del SII debido a los montos involucrados en la condonación, que lo mantenían informado de los avances del proceso. Dicha situación comprueba su participación en la operación, pese a que, tomando como referencia lo dictaminado por Contraloría en el caso La Polar, Pereira debió haberse abstenido.

Al respecto la Contraloría señaló: “No resulta procedente que la autorización de las condonaciones de multas e intereses moratorios sobre ciertos porcentajes se encuentren condicionadas a la autorización del Director del Servicio de Impuestos Internos, como lo ordena la circular N° 42, de 2006, complementada por su circular N° 60, de 2010, por lo que se deberán arbitrar las medidas pertinentes para subsanar lo observado, informando de ello a esta Entidad Fiscalizadora”.


Piden su renuncia


El diputado DC Fuad Chahín, presidente de la comisión de la Cámara Baja que investigó el “perdonazo” a Johnson’s, junto a los dirigentes de los trabajadores del Servicio de Impuestos Internos concurren a las puertas del Ministerio de Hacienda para pedir la renuncia inmediata del Director del SII, Julio Pereira.

En la oportunidad, se entregará una carta en la oficina de partes al ministro Felipe Larraín, de quien depende el SII.


Declaración del SII


El Servicio de Impuestos Internos —a través de un comunicado de prensa— respondió: “Como ha sido públicamente informado, la Contraloría General de la República (CGR) se ha referido a las solicitudes presentadas por las Asociaciones Gremiales del SII en relación al caso Johnson’s. El SII lamenta la información equivocada que ha sido publicada hoy en algunos medios de información y que no se ajusta a lo que realmente señala el dictamen de la CGR, el que no establece ninguna responsabilidad administrativa o conflicto de interés”.

“En su dictamen, la Contraloría se refiere a la autonomía de la Dirección de Grandes Contribuyentes (DGC) en materia de condonaciones. La CGR reconoce y confirma el principio de desconcentración administrativa por aplicación del cual la Dirección de Grandes Contribuyentes no se encuentra sujeta a autorización alguna por parte de la Dirección Nacional en materia de condonaciones de intereses y multas. Este principio ha sido el mismo que ha sostenido el SII desde el primer día en orden a que la actuación de la DGC estuvo ajustada a sus facultades legales. Adicionalmente, la Contraloría instruye al SII para que enmiende la Circular 42 que establecen el trámite administrativo de autorización para las condonaciones en exceso del 70% establecido en la Circular 42, lo que se realizará dentro de los plazos establecidos por la CGR”, indica.

Finalmente, la CGR señala que tanto la Contraloría como el SII se encuentran efectuando investigaciones para determinar la existencia de eventuales irregularidades administrativas respecto del referido caso. Según se ha señalado, la investigación del SII fue ordenada por el Director del Servicio. En su dictamen, la CGR establece que los sumarios administrativos son los procedimientos establecidos en la Ley para determinar las responsabilidades administrativas.

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