jueves, 14 de noviembre de 2013

EL RETORNO DE LOS MUERTOS VIVIENTES


Acontecimientos ocurridos en España y respecto de los cuales poco se sabe hasta ahora, han tenido la capacidad de hacer que saquen la voz y salgan a la luz tras largos meses ocultos en sus escondites los principales artífices de la llamada “Operación Salamandra”, que tras una espectacular arremetida represiva que significó la prisión de 10 personas por 10 meses se fue desinflando hasta culminar en sobreseimiento definitivo y absolución del total de 15 personas inicialmente acusadas de integrar una “asociación ilícita terrorista”.

No es de extrañar que después de la batalla aparezcan los ex-generales derrotados diciendo “teníamos razón”, y hasta amenazando con nuevos juicios. Sabemos que para ellos su propia legalidad vale muy poco cuando se anteponen intereses personales y la razón de Estado, y así estos señores se olvidan de que tanto la Constitución como los tratados internacionales y el Código Procesal Penal prohíben volver a juzgar a personas por los mismos hechos. En este caso, todos los acusados fueron sobreseídos y/o absueltos, tras un largo proceso que además de los 10 meses de prisión preventiva incluyó 6 meses de juicio oral, y posteriormente el intento de anular y repetir el juicio, pretensión que fue definitivamente desechada por la Corte Suprema hace poco más de un año, al establecer que no fueron violados derechos ni garantías durante dicho juicio.

 En un ejercicio que de raciocinio tiene bien poco y más parece “pensamiento mágico”, se asume automáticamente que de ser ciertas las imputaciones efectuadas en España -cuyo detalle recién se conocerá este viernes 15 de noviembre- entonces automáticamente vendría a quedar demostrada la culpabilidad de Francisco Solar y Mónica Caballero en los hechos que les fueron imputados hace 3 años, y de paso la de todos los ex-imputados del “Caso Bombas”, rehabilitándose así las figuras de Hinzpeter y Peña y obteniendo de paso un gran trofeo para la batalla del Gobierno contra los “jueces garantistas”.

Se despliega el argumento de que un juez “de quinta categoría” mató las pretensiones de castigo de fiscales y querellantes por excluir demasiadas pruebas. Lo que no se dice es que ese mismo juez, que de hecho es uno de los más prestigiosos dentro de la comunidad jurídica, concedió alrededor de dos semanas a los persecutores para corregir la acusación en extremo defectuosa que Peña había presentado con bombos y platillos un par de días antes de irse a trabajar con el querellante Hinzpeter, y que el grueso de las exclusiones que este juez decretó obedecían a que se trataba de pruebas que por error se habían listado dos o tres veces, o a cuestiones que abiertamente no tenían nada que ver en este juicio (como por ejemplo los pasaportes del ciudadano pakistaní que fue víctima de extrañas maniobras y acusaciones que luego quedaron en nada).

Unos gobernantes más sensatos evitarían felicitarse demasiado por estos desarrollos recientes en Europa. Si en efecto tenían sospechas fundadas de la participación de algunas personas en la colocación de artefactos explosivos, pero en vez de dejar madurar una larga y compleja investigación hasta que las pruebas obtenidas sirvieran para algo más que para justificar prisiones preventivas optaron conscientemente por convertir todo esto en política contingente y farándula policíaco-judicial, no podían en primer lugar extrañarse de la desastrosa derrota obtenida en el juicio, y menos aún podrían hoy congratularse retroactivamente echándole la culpa al empedrado de lo que no fueron sino actos propios y decisiones tomadas desde muy arriba.Es más: si Hinzpeter y Peña hubieran estado realmente convencidos de las tesis que en su momento enarbolaron, no se explica el que hubieran tenido que salir arrancando respectivamente y de manera tan deshonrosa, uno desde la Fiscalía Sur y el otro desde su antiguo Ministerio.

 En el Caso Bombas se pretendió juzgar la ocurrencia de 30 explosiones, y un episodio de “financiamiento del terrorismo”. Finalmente llegaron a juicio 5 explosiones y el pretendido financiamiento de una asociación ilícita que fue sobreseida a petición del propio Ministerio Público.

En una de esas explosiones, imputada a Solar, no se logró probar ni siquiera que lo que se dejó en las escalinatas del Consejo de Defensa del Estado haya sido un artefacto explosivo. Lo que claramente habla de un mal trabajo del GOPE y LABOCAR, pretende ahora ser usado como argumento en contra de la existencia misma de jueces que de acuerdo a los propios requerimientos constitucionales y legales deben ser independientes y objetivos. Esto es interesante, pues rebela que es cierto que bajo la camisa de fuerza del “Estado de derecho” existe un Estado de policía que encuentra muy molestas las garantías que rodean al Derecho Penal y preferiría ir y aplicar sanciones a diestra y siniestra en base al puro olfato de sus sabuesos.

Por otra parte, ¿qué tiene que ver -por ejemplo- lo que eventualmente haya ocurrido en España con una absolución tan limpia y tajante como la de Felipe Guerra, acusado de haber estado en una explosión donde según las pericias de la mismísima Brigada de Operaciones Especiales de la PDI la persona que se hallaba presente debió necesariamente haber quedado con lesiones acústicas que Guerra claramente no tenía? Por eso es que en esta parte la sentencia del 3er Tribunal Oral en lo Penal resulta tan impresionante, pues dice que adquirió la convicción más allá de toda duda razonable de que Guerra no estuvo presente en los hechos cuya participación se imputaba, y llama la atención sobre el hecho de que esas pruebas científicas y objetivas hayan sido obtenidas por la Fiscalía pero presentadas por la defensa.

Otro caso de antología es el pretendido “financiamiento”, cuestión donde la derrota de los persecutores fue triple: no se demostró que los exiguos montos recibidos por miembros de una casa okupa tuvieran por fin ilícito alguno, quedó claro que la intercepción de correos electrónicos en base a los cuales se basaba esta pretensión fue absolutamente ilegal y, por último, es bastante obvio que resulta imposible financiar una asociación ilícita sobreseida y por ende inexistente. Pese a esta obviedad, Raúl Guzmán, el sucesor de Peña en la Fiscalía Sur, decidió llevarlo a juicio igual, yahora se lamentan de tener que pagar “costas” que hubieran sido perfectamente evitables para el Fisco si hubieran actuado racionalmente y no persiguiendo delitos imposibles.

Cabe señalar además que respecto de Guerra y los pretendidos “financistas” no se excluyó prueba alguna.

 Ante toda esta arremetida mediático-política no es la intención defender al poder judicial ni al sistema penal chileno, sino tan solo combatir con un poco de memoria y sentido común la avalancha de falacias y maniobras políticas que se propalan desde lo alto, recomendando a cualquier opinante que primero se tome el trabajo de entender lo que fue el llamado “Caso Bombas” (al efecto me permito recomendar el libro de Tania Tamayo sobre el Caso Bombas editado el 2012 por LOM, y mi propio trabajo sobre el tema editado recientemente por Libros del Perro Negro) y leer directamente en las sentencias pertinentes lo que resultó y lo que no resultó probado. De lo contrario, lo más probable es que una vez más le estén metiendo el dedo en la boca, una vez más.



Por Julio Cortés Morales.

No hay comentarios: