lunes, 27 de abril de 2015

EMILIO BERKHOFF CONDENADO A 5 AÑOS

Ante el Tribunal de Garantía de Cañete, la Defensoría Penal Pública de Emilio Berkhoff Jerez, presentó en las últimas horas el recurso de nulidad que solicita que se acoja alguna de las causales que invoca, y se obligue a realizar un nuevo juicio sólo para aquellos delitos por los que el joven fue condenado.

De acuerdo con lo sostenido por su defensor penal público, Jaime Pacheco, la condena que dictó el tribunal se basa en “ideas y no en hechos”.

Son cinco las causales que invoca la defensa para buscar la nulidad del juicio. Las dos primeras están relacionadas con la infracción al debido proceso; las otras dos causales están relacionadas con la valoración de la prueba y la última apunta a la errónea aplicación del derecho, esto por la fórmula que aplicó el tribunal para calcular la pena privativa de libertad de Emilio Berkhoff.

Precisamente sobre el contenido del recurso, el abogado Pacheco, apuntó que desde su perspectiva hay motivos suficientes para que el juicio se anule, considerando cómo el tribunal justificó su condena, “en resumen el tribunal explicó en su sentencia que condena a Emilio Berkhoff  por lo sus ideas, por lo que piensa y por lo que dice. No por lo que hace y da como ejemplo las palabras finales donde él plantea su visión de la realidad. Se basa en sus inclinaciones políticas y sociales. Entonces para nosotros eso es suficiente razón para invalidar la sentencia, porque se persiguen ideas y no hechos. Y en definitiva se infringe el principio de la igualdad y no discriminación”.

Cabe recordar que, que el pasado 27 de marzo, el Tribunal Oral en lo Penal de Cañete impuso la pena de cinco años y un día de presidio al ex estudiante de Antropología, que había sido absuelto de los delitos de incendio y robo con intimidación, condenándolo por los de porte y tenencia de arma de fuego y municiones.
El recurso, que fue presentado durante la noche de este lunes, será remitido a la Corte Suprema y ésta se deberá pronunciar sobre su admisibilidad. Luego de ello se debiera fijar fecha para los alegatos de rigor.


Por Pablo Carrasco.

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