El autodenominado "Bus de la Libertad" no sólo provocó diversos enfrentamientos entre organizaciones y civiles, sino que también generó dudas respecto al cumplimiento a cabalidad de la normativa que le permitía circular por las calles del país.
Según el registro de anotaciones vigentes del Registro Civil, el bus no tiene permiso de circulación vigente y suma tres multas impagas (desde 2015 y 2016) por estacionar en sitio prohibido y señalizado en dos ocasiones, y traslado de pasajeros sin cumplir los requisitos legales, por un total de $257 mil.
Ayer jueves, la ONG CitizenGo confirmó su retirada momentánea de Chile, luego que el vehículo terminara su recorrido en la comuna de Vitacura. Durante la semana, circuló por el Palacio de La Moneda, Puente Alto, Recoleta, Santiago y el Congreso Nacional de Valparaíso.
El lunes, el paso del bus en Alameda generó enfrentamientos entre representantes del Movilh y otros civiles contrarios a la diversidad sexual. En tanto, en el Congreso de Valparaíso, la manifestación terminó con al menos siete detenidos.
El proyecto que se discute en el Congreso
En mayo pasado, el Ministerio de Educación envió una circular a distintos centros educacionales, donde se define identidad de género como “la vivencia interna e individual del género tal como cada persona la siente profundamente, la cual podría corresponder o no con el sexo asignado al nacer, incluyendo la vivencia personal del cuerpo”. Es decir, una persona que no se siente identificada con su sexo biológico. El documento elaborado por la Superintendencia de Educación busca orientar a la comunidad educativa respecto a las niñas, niños y estudiantes trans, los conceptos de dignidad del ser humano, interés superior del niño, niña y adolescente, la no discriminación arbitraria y la buena convivencia escolar.
Entre los aspectos que dicta la normativa es que el menor será identificado con su nombre social y no su nombre de accionamiento. Éste nombre legal será utilizado en documentos oficiales, así como en todos los aspectos educativos. Otros de los temas discutidos es el uso de los baños, estableciéndose que se deberá respetar la identidad de género del alumno.
El incumplimiento de estas disposiciones constituye una infracción, que será –según la circular- sancionada en el procedimiento administrativo conforme a la gravedad de la misma.
Esta política va en línea con el proyecto original de la ley de identidad de género que esperaba otorgar el cambio registral a los menores de edad si sentían que su sexo biológico no correspondía a su género, la que sufrió un revés al ser remitida por el Senado en segundo trámite constitucional a la Cámara de Diputados.
En el informe enviado por los parlamentario, se establece que “el o la oficial del Servicio de Registro Civil e Identificación declarará inadmisible la solicitud cuando quien la formulare fuere menor de edad, exista un vínculo matrimonial no disuelto o no se acompañe la evaluación médica establecida en el inciso tercero del artículo anterior”. Sin embargo, el Gobierno intentará reponer el procedimiento de cambio del sexo registral para menores de edad en el hemiciclo.
Pero tal vez uno de las luchas más desconocidas del llamado “Bus de la libertad” es contra ley de Garantías de Derechos de la Niñez, la que establece, entre otros, que los padres y/o madres ejercerán responsabilidad por el cuidado, asistencia, protección, desarrollo, formación y educación, así como la guía y orientación en el ejercicio de los derechos reconocidos en esta ley, corresponde preferentemente a los padres y/o madres del niño, sus representantes legales o a quien lo tenga legalmente a su cuidado. Es deber del Estado respetar, promover y proteger el ejercicio de esta responsabilidad.
Uno de los conceptos que generó polémica fue el de “autonomía progresiva”, lo cual es considerado por parlamentarios de derecha como una forma de evitar que los padres puedan revisar las redes sociales de sus hijos, por ejemplo. Esto, ya que el proyecto recalca que “todo niño tiene derecho a desarrollar su vida privada, a gozar de intimidad y a mantener comunicaciones sin injerencias arbitrarias o ilegales y los padres deben respetar este derecho, promover y orientar su ejercicio, y protegerlos de cualquier quebrantamiento ilícito de su intimidad”.
¿Por qué se oponen estas organizaciones?
En distintas declaraciones a la prensa, Marcela Aranda, del Observatorio Legislativo Cristiano, ha afirmado que “hemos logrado denunciar algo que se estaba legislando entre cuatro paredes,la imposición de la ideología de género que recorta libertades”.
Según ha indicado, “más allá de lo que uno pueda entender por identidad de género, el proyecto dice que es como una persona se sienta con respecto de sí misma, que va cambiando a través del tiempo, y además no reconoce el sexo biológico, sino que habla del ‘sexo asignado al nacer’ (…), lo que la ley en realidad está haciendo es generar un derecho que se nos impone a todos los chilenos”.
Respecto a la Ley de Garantías de la Niñez, la impulsora de bus declaró que “lo que hace es rebajar el derecho preferente (de educar de los padres) a una mera responsabilidad y donde la Constitución dice que el Estado debe dar especial protección al ejercicio de este derecho, el proyecto dice el Estado dará especial protección al ejercicio de esta responsabilidad“.
Alcance de los proyecto: cómo se harían realidad
En el caso de La ley de Identidad de Género, se reconocerá a la persona no por su sexo biológico, sino que por su género social a través de la adecuación de sus documentos de identificación. De momento, esta facultad excluiría a los menores de edad y requeriría de una evaluación médica para determinar si se cuentan con las condiciones psicológicas y psiquiátricas necesarias para formular la solicitud.
Por su parte, la Ley de Garantías de la Niñez se establece un sistema de garantías y protección del ejercicio de los derechos de la infancia, a través de un conjunto de normas, instituciones y políticas. La mayoría de los parlamentarios respaldó los artículos referidos a la “autonomía progresiva” y “privacidad” que establece que “todo niño tiene derecho a desarrollar su vida privada, a gozar de intimidad y mantener comunicaciones sin injerencias arbitrarias o ilegales”. Otro de los puntos aprobados en el proyecto fue el de derecho y deber preferente de los padres y/o madres a educar a sus hijos y el deber del Estado respetar, promover y proteger el ejercicio de esta responsabilidad.
Casos emblemáticos
En 2016, la Corte Suprema ordenó a la Clínica Alemana de Santiago a incorporar la identidad de una menor transgénero en la ficha clínica tras un recurso de protección interpuesto por la familia en contra del establecimiento.
Ese mismo año, el juez suplente del Séptimo Juzgado Civil de Santiago, Luis Fernández, accedió al cambio de nombre registral de un niño de 5 años, el que de en adelante pasaría a tener un nombre femenino. La situación volvió a tomar relevancia en 2017, cuando la ONG Comunidad y Justicia demandó al magistrado por prevaricación, situación judicial que sigue en curso.
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